a) Contexto y publicación
El 31 de diciembre de 2024 se publicó en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 19, párrafo segundo) un decreto que amplía los delitos que ameritan la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa. infobae+2Gaceta Legislativa+2
b) ¿Quiénes lo autorizaron y por qué?
La iniciativa fue enviada por el titular del Poder Ejecutivo federal y aprobada por el Congreso de la Unión. Gaceta Legislativa+1
La motivación: reforzar la respuesta del sistema penal frente a delitos graves (como secuestro, feminicidio, producción/distribución de drogas sintéticas) al considerar que la prisión preventiva oficiosa podrá garantizar la investigación, protección de víctimas y el éxito del proceso penal. infobae
c) ¿Qué cambia concretamente?
- Se modificó el párrafo segundo del artículo 19 para ampliar el listado de delitos sujetos a prisión preventiva oficiosa. infobae+1
- Establece que el Congreso de la Unión (y las legislaturas estatales) deberán armonizar las leyes secundarias dentro de plazos definidos (por ejemplo 180 días para leyes federales, 365 para estatales). Gaceta Legislativa
d) Beneficios esperados
- Permite un mecanismo más expedito para asegurar que acusados de delitos graves permanezcan sujetos al proceso penal, reduciendo riesgos de impunidad.
- Potencialmente, fortalece la protección a víctimas y testigos ante delitos de alta gravedad.
e) Limitaciones y puntos a considerar
- La prisión preventiva oficiosa es una medida extrema: al aplicarse de forma automática, puede afectar el principio de presunción de inocencia y los derechos humanos.
- La armonización efectiva de leyes secundarias requerirá recursos legislativos y operativos; si no se cumple, la reforma puede quedar sin efecto real.
- Podría generar contraproducentes efectos de sobrepoblación carcelaria o detenciones prolongadas sin sentencia, si no se acompaña de agilización procesal.
f) Conclusión
Se trata de una reforma relevante en materia penal que busca dar mayor contundencia al sistema de justicia frente a delitos graves. Si bien es plausible que mejore la eficacia estatal, exige un equilibrio entre seguridad y derechos fundamentales para no generar efectos adversos.
